jueves, 3 de marzo de 2016

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA DE 1886

   La soberanía reside esencial y exclusivamente en la Nación, y de ella emanan los poderes públicos, que se ejercerán en los términos que esta Constitución establece.

  •   La Nación Colombiana se reconstituye en forma de República unitaria
  •     Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en sus vidas, honra y bienes, y asegurar el respeto recíproco de los derechos naturales, previniendo y castigando los delitos.
  •    Los jefes militares, los cuales podrán imponer penas, para contener una insubordinación o motín militar, o para mantener el orden hallándose enfrente del enemigo.
  •   No podrá cerrarse en segundo debate ni ser votada una ley en tercero, sin la asistencia absoluta de los individuos que componen la Cámara.

·         Mientras el Poder Legislativo no disponga otra cosa, continuará rigiendo en cada Departamento la legislación del respectivo Estado.


(Dada en Bogotá, a 4 de agosto de 1886.)

CONCLUSIÓN

En 1886, se produjo el movimiento regenerador encabezado por Rafael Núñez y Miguel Antonio Caro, dando como resultado la Constitución que regiría los destinos del país hasta 1991.
Se trató de una alternativa totalmente opuesta a la anterior: centralizaba el poder ejecutivo, devolvía la ventaja de la Iglesia católica en el manejo de la religión y la educación y se  establecía el convenio con el Vaticano para la atención de tierras de misión dentro del territorio nacional


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